TIPOS
DE MEDIADORES
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Según
la Ley 26/2006 de 17 de julio de Mediación de Seguros y
Reaseguros Privados, adaptada a la Directiva
Europea de Me- diación
de Seguros, se distinguen varias figuras distintas en la
actividad de la mediación, éstas son:
Agentes de Seguros Exclusivos
-
Característica: exclusividad. Opera con una única compañía
de seguros. .
-
Formación: 200 horas acreditativas ante la DGSFP, y obliga-
ción de formación continua (60 horas lectivas en tres años)
Agentes de Seguros Vinculados
-
Característica: vinculados a varias compañías aseguradoras.
-
Formación: superar un curso de formación o una prueba de
aptitud en materias financieras
y de seguros de 500 horas.
Corredores de Seguros
-
Característica: no mantiene vínculos contractuales que
supongan
afección con entidades aseguradoras; ofrece un
asesoramiento independiente, profesional
e imparcial.
- Se le Exige: capacidad financiera
(4% sobre las primas
anuales percibidas), seguro de Responsabilidad Civil
y aval.
- Formación: superar un curso o prueba de
aptitud de ma-
terias financieras y de seguros privados de 500 horas, acre-
ditativo ante la DGSFP.
Más informaciòn 
Operadores de Banca - Seguros
Entidades
de crédito que, mediante la celebración de un contra-
to de agencia de seguros con una o varias entidades
asegurado- ras (puede ejercer como exclusivo
o vinculado), realizan la acti- vidad
de agente de seguros.
-
Característica: la entidad de crédito sólo puede poner su red
de distribución a disposición
de un único operador de banca-
seguros.
-
Formación: se exige haber superado un curso o pruebas de
aptitud, cuya
duración irá en función de que tenga la condi-
ción de exclusivo (200 horas) o vinculado
(500 horas) y acre- ditativo
ante la DGSFP.
Corredores de Reaseguros
Realizan
la actividad de mediación entre las propias compañías
de seguros para realizar contratos de reaseguro.
- Formación: se exige curso de formación o
prueba de aptitud
de 500 horas acreditativo ante la DGSFP.
-
A los denominados Auxiliares Externos (colaboradores de
los mediadores), que no tienen
la condición de mediadores,
también se les exige una formación
en la materia de 50 horas
y, además, formación continua de 30 horas en 3 años.